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title: "Las 42 horas ya son ley: qué cambia para los trabajadores y las empresas en Chile"
article_type: "NewsArticle"
description: "Desde hoy, la jornada laboral en Chile se reduce a 42 horas semanales, sin afectar el salario. Este cambio busca mejorar la calidad de vida de los trabajadores."
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date_published: "2026-04-26T18:50:00-04:00"
date_modified: "2026-04-26T18:55:00-04:00"
tags:
  - "40 horas"
  - "Dirección del Trabajo"
  - "Ministerio del Trabajo"
author_name: "Irmina Herrera"
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category_name: "América del Sur"
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category_description: "Últimas noticias de Chile y los países de Sudamérica. El análisis a fondo de la realidad política y financiera de la región en The Times Latino."
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# Las 42 horas ya son ley: qué cambia para los trabajadores y las empresas en Chile

![Ley de 40 Horas en Chile](/download/multimedia.normal.81953752cbaece23.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

*Ley de 40 Horas en Chile*

A partir de hoy, Chile implementa la **segunda etapa de la Ley de 40 Horas**, reduciendo la jornada laboral semanal de **44 a 42 horas** sin afectar el salario. Esta reforma busca mejorar la **calidad de vida** de los trabajadores, aunque genera dudas sobre su aplicación práctica en el día a día laboral.

La **Ley 21.561** establece un recorte gradual de horas. En 2024, la jornada laboral se redujo de 45 a 44 horas; ahora, con el paso a 42 horas, la transición culminará en abril de 2028, cuando la jornada será de **40 horas**. La **Dirección del Trabajo** enfatiza que esta reducción debe ser **real y efectiva**, priorizando acuerdos entre empleador y trabajador. Por ejemplo, se puede pactar una salida más temprana algunos días o redistribuir las horas de trabajo.

Prácticamente, un trabajo de cinco días a la semana implicará adelantar la salida en **una hora** en dos jornadas. Aquellos que laboran seis días verán reducciones de aproximadamente **50 minutos** en un día y **20 en otro**. Esto ha suscitado comentarios entre los trabajadores, quienes buscan asegurar el cumplimiento de la norma.

**Un punto crítico:** el salario no debe disminuir por esta reducción de horas. Tanto la ley como el **Ministerio del Trabajo** aseguran que, a pesar de trabajar menos horas, la remuneración se mantendrá. Las horas extra seguirán existiendo, pagadas con un **50% adicional**, y será posible acordar, por escrito, hasta cinco días de **descanso compensatorio** al año. Además, el tiempo de colación, que debe ser de al menos **30 minutos**, no se contabiliza dentro de las horas laborales.

Es importante destacar que no todos los trabajadores están incluidos en este cambio. Quedan excluidos aquellos que prestan **servicios a honorarios**, así como **funcionarios públicos** y personal **a contrata**, quienes siguen regidos por otros estatutos.

En caso de incumplimiento, la **Dirección del Trabajo** puede imponer multas, y ya se han establecido canales formales de denuncia para quienes sientan que sus derechos no son respetados.

Algunas empresas han tomado la delantera y ya están implementando jornadas de **40 horas** o modelos innovadores como el **4x3** (cuatro días de trabajo con tres de descanso). Estos casos abren un debate más amplio sobre cómo equilibrar la **productividad** con la **calidad de vida**, alineándose con tendencias globales donde el tiempo libre adquiere cada vez más importancia.

En conclusión, la entrada en vigencia de las **42 horas** es un avance significativo hacia jornadas laborales más cortas. Sin embargo, su éxito depende de su correcta aplicación en el entorno laboral. Trabajadores y empleadores enfrentan ahora el reto de dialogar para asegurar que este cambio beneficie a ambas partes.

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