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Rabat y decretos a extorsionadores de La Serena / Ministerio de Justicia
Rabat y decretos a extorsionadores de La Serena / Ministerio de Justicia

Decretos del Ministerio de Justicia adelantaron la libertad de tres condenados por extorsión que se presentaban como del Tren de Aragua

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Tres ciudadanos venezolanos condenados en 2022 por robo con intimidación y porte ilegal de armas recibieron rebajas de pena mediante decretos del Ministerio de Justicia firmados en julio y septiembre de 2026. Dos abandonaron la cárcel en septiembre y el tercero tiene fijada su salida para el 8 de marzo de 2027. Los documentos invocan la denominada “Doctrina Rabat” y se produjeron después del restablecimiento de relaciones diplomáticas con Venezuela el 30 de julio.

Antecedentes del caso de La Serena y montos de las rebajas

Los tres formaban parte de un grupo de cuatro venezolanos detenidos en diciembre de 2021 en La Serena. Según la investigación de Interferencia, intimidaron a mujeres migrantes que ejercían el comercio sexual y les exigieron pagos semanales. Se presentaron ante las víctimas como integrantes del Tren de Aragua, aunque no fueron condenados por pertenencia a esa organización ni se les imputó secuestro. El Tribunal Oral en lo Penal de La Serena los condenó en agosto de 2022 a cinco años y un día de presidio por robo con intimidación y porte ilegal de armas prohibidas y municiones.

Franyorkin Aramburu Hernández obtuvo una reducción de nueve meses. Winder Marott Morán y Jhonder Ollarves Berbesi recibieron rebajas de tres meses cada uno. Los decretos de Aramburu y Marott fueron firmados por el ministro de Justicia Fernando Rabat el 6 de julio y el 4 de septiembre, respectivamente. El documento de Ollarves fue suscrito el 7 de septiembre por el subsecretario de Justicia Luis Silva, en calidad de ministro subrogante. Antes de las reducciones, las penas vencían el 8 de diciembre de 2026. Con las rebajas, Marott y Ollarves salieron el 9 y el 10 de septiembre; Aramburu tiene fecha de término el 8 de marzo de 2027.

Los decretos justifican las reducciones con el criterio defendido por el Ministerio, conocido como “Doctrina Rabat”. Citan un fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago que establece que, si no se configuran las causales de exclusión del artículo 17 de la ley de beneficios penitenciarios, el Ministerio “no está habilitado para denegar” el beneficio por la gravedad del delito ni por el bien jurídico protegido. También invocan jurisprudencia de la Corte Suprema para sostener que, cumplidos los requisitos legales, la cartera debe dictar el decreto. Interferencia señala que los tres recibieron calificación de comportamiento sobresaliente pese a faltas al régimen penitenciario y que, en el caso de Aramburu, la Comisión de Libertad Condicional había rechazado su solicitud de salida anticipada en octubre de 2025.

Respuesta del ministro y contexto de las relaciones con Venezuela

Consultado el 27 de octubre en la Comisión de Constitución del Senado por la senadora Daniella Cicardini, el ministro Rabat indicó que el análisis de las solicitudes lo efectúa la comisión respectiva y que el artículo 17 de la ley, vigente desde 2003, establece las causales de exclusión. Afirmó que el Ejecutivo no puede atribuirse potestades que no le corresponden y que la legislación, salvo casos específicos, no excluye tipos de delitos. Rabat pidió no hacer “puntos políticos” con estas situaciones y sostuvo que el riesgo de reincidencia “siempre ha estado latente” en el sistema vigente. El gobierno impulsa un proyecto, denominado “Nunca Más”, para impedir rebajas a condenados por delitos sexuales u homicidio simple contra menores.

Los decretos se firmaron después del restablecimiento de relaciones diplomáticas entre Chile y Venezuela el 30 de julio de 2026. El acercamiento tenía relevancia para avanzar en expulsiones de ciudadanos venezolanos condenados por delitos en Chile. Interferencia plantea que una eventual coordinación podría haber permitido evaluar alternativas para evitar la salida anticipada y avanzar en la expulsión de los condenados. No se ha reportado que el gobierno haya iniciado trámites de expulsión en estos tres casos antes de las rebajas.

  • Condena original: cinco años y un día de presidio, agosto de 2022, Tribunal Oral de La Serena.
  • Rebajas: Aramburu nueve meses; Marott y Ollarves tres meses cada uno.
  • Salidas: Marott 9 de septiembre y Ollarves 10 de septiembre de 2026; Aramburu 8 de marzo de 2027.
  • Firmas: Rabat (6 de julio y 4 de septiembre); Silva subrogante (7 de septiembre).
  • Relaciones diplomáticas Chile-Venezuela restablecidas el 30 de julio de 2026.

La investigación de Interferencia detalla que las víctimas no testificaron en el juicio, lo que impidió acreditar la pertenencia al Tren de Aragua. Los condenados fueron formalizados y sentenciados por los delitos de robo con intimidación y porte ilegal de armas. El nuevo flanco se suma a las críticas previas por rebajas concedidas a 56 personas condenadas por delitos sexuales contra menores, de las cuales varias quedaron en libertad.

Calificación de comportamiento y antecedentes penitenciarios

Los decretos reconocen a los tres condenados la calificación de comportamiento sobresaliente exigida para acceder a la rebaja. Interferencia consigna que durante su permanencia en prisión acumularon antecedentes por faltas al régimen penitenciario. En el caso de Aramburu, la Comisión de Libertad Condicional rechazó en octubre de 2025 su solicitud de salida anticipada. El Ministerio sostiene que, al no configurarse las causales de exclusión del artículo 17, no puede denegar el beneficio por la gravedad del delito ni por el bien jurídico protegido, y que debe dictar el decreto cuando se cumplen los requisitos legales.

Fuentes de la investigación y declaraciones institucionales

Los detalles de los decretos, las fechas de firma, los montos de las rebajas y los antecedentes penitenciarios provienen de la investigación publicada por Interferencia. Las condenas originales figuran en las sentencias del Tribunal Oral en lo Penal de La Serena. Las declaraciones del ministro Rabat se recogieron durante su exposición en la Comisión de Constitución del Senado el 27 de octubre. El restablecimiento de relaciones diplomáticas con Venezuela se anunció el 30 de julio de 2026. La ley de beneficios penitenciarios (Ley 19.856) y el artículo 17 se consultan en la Biblioteca del Congreso Nacional.

Fernando Rabat, ministro de Justicia
«Se trata de un procedimiento en el que el análisis lo efectúa la comisión respectiva. El artículo 17 se encuentra establecido desde el año 2003 en la ley. Es esa norma la que establece las causales de exclusión.»

La investigación de Interferencia se consulta en su portal. Las sentencias y decretos se encuentran en los registros del Poder Judicial y del Ministerio de Justicia. Las declaraciones del ministro se registraron en la Comisión de Constitución del Senado. La Ley 19.856 se consulta en la Biblioteca del Congreso Nacional. Los anuncios de restablecimiento de relaciones diplomáticas aparecen en los comunicados del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Proyecto “Nunca Más” y alcance de la ley vigente

El gobierno ha iniciado la tramitación de un proyecto para impedir que condenados por delitos sexuales u homicidio simple contra menores reciban rebajas de pena. Rabat indicó que la ley vigente, salvo casos específicos, no excluye tipos de delitos y que durante los últimos años de aplicación han recibido beneficios condenados por delitos de distinta gravedad. El ministro sostuvo que el Ejecutivo no puede disponer algo distinto a lo que establece el artículo 17 sin atribuirse potestades que no le corresponden.

¿Permitirán los decretos y la interpretación del artículo 17 que condenados por delitos de extorsión y porte de armas accedan a rebajas incluso cuando se presentan como miembros de organizaciones criminales?

Los tres condenados de La Serena recibieron reducciones de tres y nueve meses bajo la interpretación ministerial de que, al no configurarse las causales de exclusión, el Ministerio debe dictar el decreto. Dos ya están en libertad y el tercero saldrá en marzo de 2027. Los decretos se firmaron después del restablecimiento de relaciones con Venezuela, sin que se haya reportado el inicio de trámites de expulsión previos a las rebajas.

En el corto plazo, las salidas de septiembre ya se materializaron. En el mediano plazo, la tramitación del proyecto “Nunca Más” y eventuales modificaciones al artículo 17 determinarán si el sistema mantiene la obligación de conceder el beneficio cuando se cumplen los requisitos formales, independientemente de la gravedad del delito o de la presentación de los condenados como integrantes de organizaciones criminales. La pregunta que queda abierta es si la interpretación actual del artículo 17 y la denominada Doctrina Rabat seguirán permitiendo rebajas a condenados por extorsión y porte de armas, o si el debate legislativo modificará el alcance de las exclusiones.

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