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Kast descarta cambio de gabinete en plena crisis de Justicia / Prensa Presidencia
Kast descarta cambio de gabinete en plena crisis de Justicia / Prensa Presidencia

Kast descarta cambio de gabinete, pero la crisis de Justicia tensiona al oficialismo

El Presidente José Antonio Kast descartó este jueves 5 de noviembre de 2026 realizar un cambio de gabinete, pese a las presiones surgidas dentro de su propia coalición por la gestión del ministro de Justicia, Fernando Rabat. Desde Madrid, el mandatario defendió su autoridad para designar y remover ministros, mientras la controversia por los beneficios penitenciarios concedidos a condenados abrió un nuevo frente político para La Moneda.

La negativa presidencial que no consigue cerrar la crisis política

La declaración presidencial tuvo lugar durante la última etapa de la gira europea de Kast, después de varios días de cuestionamientos al funcionamiento del Ministerio de Justicia y de diferencias entre sectores del oficialismo sobre la conducción política del Ejecutivo.

Consultado por la posibilidad de modificar su equipo ministerial, el Presidente respondió: «Lo descarté ayer, lo sigo descartando y no sé por qué se genera tanta controversia». La frase buscó cerrar las especulaciones sobre una eventual salida de Fernando Rabat, cuya gestión quedó bajo escrutinio por las decisiones relacionadas con las reducciones de condenas.

Kast también estableció una diferencia explícita entre la responsabilidad presidencial y las expectativas de los partidos que respaldan al Gobierno. «A los ministros los convoca el Presidente y les pide dejar de participar, en caso que corresponda, el mismo Presidente, no las distintas colectividades políticas», sostuvo.

La intervención tuvo una dimensión institucional y otra política. En el plano constitucional, el mandatario recordó una atribución que no depende de negociaciones partidarias. En el plano político, respondió a una discusión que ya había trascendido el desempeño del titular de Justicia y alcanzaba a los mecanismos de coordinación, comunicación y asesoría de La Moneda.

Las diferencias tampoco se limitaban a una eventual reorganización de los ministerios. Las críticas de parlamentarios de Chile Vamos apuntaban a la necesidad de revisar el funcionamiento del denominado Segundo Piso, estructura de asesoría presidencial que participa en la coordinación estratégica del Gobierno.

El debate adquirió mayor intensidad porque las críticas procedían de sectores que forman parte de la base política del Ejecutivo. La controversia dejó así de ser exclusivamente una discusión sobre la continuidad de un ministro y pasó a involucrar la relación entre el Presidente, los partidos y los equipos que participan en la toma de decisiones.

Las rebajas de condenas trasladaron el conflicto al terreno institucional

El origen inmediato de la controversia se encuentra en la aplicación de beneficios penitenciarios a personas condenadas por delitos graves, particularmente delitos sexuales cometidos contra menores de edad. Las decisiones administrativas generaron cuestionamientos sobre la interpretación de las restricciones legales y la responsabilidad de las autoridades encargadas de tramitar los procedimientos.

El problema tiene un antecedente normativo específico: la Ley 21.421, publicada el 9 de febrero de 2022, que modificó la Ley 19.856, creadora del sistema de reinserción social de condenados mediante reducciones de condena asociadas a la buena conducta.

La modificación incorporó restricciones para condenados por determinados delitos sexuales contra menores de edad. Sin embargo, el alcance temporal de esas disposiciones y su aplicación a personas condenadas con anterioridad a la reforma se convirtieron en el centro de una controversia jurídica.

El Ministerio de Justicia sostuvo que identificó un vacío relacionado con la aplicación de las nuevas restricciones a condenados antes de 2022. Esa interpretación fue utilizada por la cartera para explicar por qué determinados casos podían continuar sujetos a un régimen distinto del establecido después de la modificación legal.

El 23 de octubre, el propio Ministerio anunció la suspensión de la tramitación de decretos de rebaja de condenas y comunicó que impulsaría modificaciones legislativas para impedir que condenados por delitos sexuales contra niños, niñas y adolescentes continuaran accediendo a esos beneficios.

La decisión constituyó un antecedente relevante para evaluar la gestión de Rabat. La suspensión reconocía que existía un problema que requería una respuesta administrativa y legislativa, pero no resolvía por sí misma la discusión sobre la legalidad de las actuaciones anteriores.

115 rebajas de penas a condenados por drogas amplían el cuestionamiento

La controversia adquirió una dimensión adicional cuando T13 informó que el Ministerio de Justicia había autorizado 115 rebajas de penas a personas condenadas por delitos relacionados con drogas. Entre los antecedentes mencionados por el medio figuraba un sentenciado cuyo cargamento alcanzaba una tonelada.

El dato introdujo una segunda discusión sobre el funcionamiento de los beneficios penitenciarios. Ya no se trataba únicamente de las restricciones aplicables a condenados por delitos sexuales contra menores, sino también de la utilización de mecanismos legales de reducción de condenas en casos vinculados al narcotráfico.

Durante su intervención desde España, Kast defendió la distinción jurídica entre ambos grupos de casos. Sostuvo que los delitos relacionados con drogas no fueron incluidos en la modificación legal de 2022 y que, por lo tanto, estaban sujetos a un sistema diferente.

La explicación presidencial apunta a una cuestión fundamental: no todas las reducciones de condena responden necesariamente a las mismas restricciones legales. La naturaleza del delito, la fecha de la sentencia y las disposiciones aplicables deben examinarse individualmente antes de establecer si existió una irregularidad.

Sin embargo, la cifra de 115 casos plantea una exigencia adicional de transparencia. Para determinar su alcance se necesita conocer cuántas solicitudes fueron presentadas, cuántas fueron aprobadas, qué autoridades intervinieron y qué disposiciones legales fundamentaron cada resolución.

La información pública consultada no permite reconstruir individualmente esos expedientes ni establecer que las 115 decisiones tengan una fundamentación jurídica idéntica. Tampoco permite equiparar automáticamente los beneficios concedidos a condenados por drogas con los cuestionados en el caso de delitos sexuales.

El marco legal y la responsabilidad presidencial

La discusión sobre las atribuciones del ministro y la continuidad de su cargo debe distinguirse de la revisión de los actos administrativos de la cartera. El artículo 32, numeral 7, de la Constitución establece que corresponde al Presidente nombrar y remover a su voluntad a los ministros de Estado.

La disposición confirma que los partidos políticos no tienen una facultad constitucional para destituir a un secretario de Estado. Pueden expresar su respaldo o desacuerdo, ejercer presión política y solicitar explicaciones, pero la decisión sobre la permanencia de un ministro corresponde al jefe de Estado.

La Constitución también establece en su artículo 33 que los ministros son colaboradores directos e inmediatos del Presidente en el gobierno y la administración del Estado. Esa relación explica la responsabilidad política que acompaña a la conducción ministerial, aunque no elimina los mecanismos de fiscalización del Congreso.

La controversia sobre las rebajas de condenas puede ser examinada, además, mediante una acusación constitucional. La Cámara de Diputadas y Diputados tiene atribuciones para tramitar este procedimiento, que requiere la presentación de entre diez y veinte parlamentarios y una posterior evaluación de sus fundamentos.

Si la Cámara declara que la acusación procede, el procedimiento pasa al Senado, que actúa como jurado. Se trata de un mecanismo distinto de la decisión presidencial de solicitar la renuncia de un ministro y exige fundamentos constitucionales propios.

Lo que revelan los documentos oficiales sobre la controversia

El contraste entre los antecedentes normativos y las decisiones anunciadas por el Ejecutivo permite identificar un punto central: el Gobierno reconoció que la aplicación de las restricciones sobre beneficios penitenciarios necesitaba una revisión, pero esa respuesta no equivalía a establecer que todas las decisiones anteriores fueran ilegales.

La Ley 19.856 establece el régimen de reducción de condenas por comportamiento sobresaliente. Su artículo 17 contempla circunstancias que impiden acceder a esos beneficios, entre ellas determinadas condenas por delitos sexuales contra menores de edad, conforme a las modificaciones introducidas por la Ley 21.421.

El análisis de sus disposiciones transitorias resulta especialmente relevante. La reforma estableció reglas de aplicación para personas que ya cumplían condena cuando entró en vigor. Por ello, una evaluación rigurosa requiere examinar el texto legal completo y no únicamente la fecha de publicación de la reforma.

El Ministerio de Justicia, mediante su comunicado del 23 de octubre, reconoció la existencia de una controversia interpretativa y anunció que suspendería la tramitación de los decretos mientras impulsaba cambios legales. La decisión permite identificar que el Ejecutivo optó por una respuesta legislativa ante un problema que consideró insuficientemente resuelto por la normativa vigente.

La actividad parlamentaria también entrega una señal relevante. Los registros oficiales del Senado muestran que durante octubre ingresaron varias iniciativas relacionadas con la Ley 19.856. Entre ellas figuran los boletines 18.779-07, 18.804-07, 18.805-07 y 18.806-07, con propuestas destinadas a precisar las exclusiones, interpretar disposiciones y modificar el régimen de reducción de condenas.

La existencia de varias iniciativas revela que el problema no se limita a una decisión individual del Ministerio. También existe una discusión legislativa sobre la precisión de las reglas, el procedimiento de evaluación y las autoridades responsables de resolver las solicitudes.

El antecedente más significativo es que la controversia ya había generado una respuesta administrativa y una agenda legislativa antes de que Kast reiterara públicamente su respaldo a Rabat. Por tanto, el rechazo al cambio de gabinete no significa que el Gobierno considere resuelto el problema penitenciario.

En términos políticos, la posición presidencial separa dos asuntos que la presión pública y partidaria había comenzado a mezclar: la continuidad del ministro y la necesidad de corregir las reglas que permiten conceder determinados beneficios. El Ejecutivo decidió mantener al secretario de Estado mientras trasladaba la discusión sobre el régimen penitenciario al terreno legislativo.

El conflicto con los partidos y la discusión sobre el Segundo Piso

La negativa presidencial tampoco eliminó las diferencias dentro del oficialismo. Los cuestionamientos de parlamentarios de Chile Vamos reflejaron una preocupación que excedía el caso de Rabat y alcanzaba la capacidad del Gobierno para anticipar controversias, coordinar a sus autoridades y mantener una relación fluida con sus bancadas parlamentarias.

Uno de los episodios que ilustró ese malestar fue el cuestionamiento del senador Rojo Edwards al funcionamiento del Segundo Piso, luego de que surgieran sospechas sobre eventuales filtraciones de diferencias internas a los medios de comunicación. Se trata de cuestionamientos políticos que requieren antecedentes adicionales para establecer responsabilidades concretas.

El problema para La Moneda consiste en que la estabilidad ministerial no depende exclusivamente de mantener a sus titulares en los cargos. También exige que los equipos de gobierno puedan sostener una coordinación política que permita tramitar proyectos, responder a las controversias y evitar que las diferencias internas terminen condicionando la agenda pública.

Kast anunció que este viernes 6 de noviembre encabezaría un comité político con representantes de los partidos oficialistas. La reunión tendría como objetivos revisar el avance de la agenda legislativa y la discusión presupuestaria, además de mantener la coordinación entre el Ejecutivo y sus aliados.

El Presidente también destacó que mantenía contactos permanentes con los dirigentes partidarios, secretarios generales y parlamentarios. Su mensaje fue que el diálogo político continuaría, pero sin convertir las demandas de las colectividades en una decisión vinculante sobre la composición del gabinete.

La convocatoria resulta relevante porque permitirá observar si el respaldo público al equipo ministerial se traduce en una coordinación efectiva o si las diferencias sobre la conducción política continúan abiertas después del regreso presidencial.

Dos interrogantes que siguen pendientes

La primera cuestión se relaciona con la trazabilidad de las decisiones administrativas. El Ministerio de Justicia debería entregar un desglose de los 115 beneficios concedidos a condenados por delitos de drogas, con identificación de los fundamentos legales, fechas, procedimientos y autoridades intervinientes. Esa información permitiría determinar si las decisiones se ajustaron a criterios homogéneos y a las disposiciones vigentes.

La segunda interrogante apunta a la aplicación temporal de la Ley 21.421. El Ejecutivo y el Ministerio de Justicia deben precisar qué interpretación utilizaron para resolver los casos de personas condenadas antes de febrero de 2022 y cómo se compatibiliza ese criterio con las disposiciones transitorias de la reforma. Los decretos y antecedentes administrativos permitirían establecer con mayor precisión el alcance de la controversia.

Ambas cuestiones son relevantes para evaluar la responsabilidad ministerial. La discusión no puede reducirse a determinar si Rabat continúa en su cargo o si los partidos oficialistas consiguen modificar la composición del gabinete. También exige establecer cómo se adoptaron las decisiones, qué controles existieron y qué modificaciones normativas permitirán evitar nuevas controversias.

La acusación constitucional anunciada por sectores opositores constituye otra instancia de fiscalización, pero su viabilidad dependerá de los argumentos jurídicos que se presenten y de la evaluación que realice el Congreso. El propio Kast desafió a la oposición a formalizar la iniciativa y sostuvo que, a su juicio, carecía de fundamentos jurídicos.

La continuidad de Fernando Rabat quedó respaldada por la decisión presidencial, pero la revisión del régimen de beneficios penitenciarios sigue abierta. El próximo comité político deberá mostrar si el oficialismo logra recomponer su coordinación, mientras los proyectos ingresados al Congreso mantienen pendiente una definición legislativa sobre las reglas que el Ministerio reconoció que necesitaban ser revisadas.

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