Cámara aprueba tres vetos a megarreforma y envía al Senado

La Cámara de Diputados aprobó el 10 de agosto de 2026 los tres vetos del Ejecutivo que eliminan normas sobre anatocismo, olvido financiero y pago a pymes. Van al Senado.
10 de agosto de 2026The Times LatinoThe Times Latino
Jorge Quiroz / The Times en Español
Cámara aprueba tres vetos a la megarreforma chilena / The Times en Español

El 10 de agosto de 2026 la Sala de la Cámara de Diputados aprobó los tres vetos supresivos presentados por el Ejecutivo a la Ley de Reconstrucción Nacional, conocida como megarreforma. Las observaciones eliminan normas sobre anatocismo, derecho al olvido financiero y excepciones al pago a 30 días para pymes. Los textos pasan ahora al Senado, con datos técnicos de organismos autónomos que cuantifican efectos en crédito y liquidez empresarial.

Votaciones separadas y traspaso al Senado

La Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados respaldó este lunes las observaciones del Presidente José Antonio Kast al proyecto de Reconstrucción Nacional y Desarrollo Económico y Social (boletín 18216-05). Las tres votaciones se realizaron por separado después de que la Comisión de Hacienda las despachara la semana anterior por 10 votos a favor y 3 en contra.

El veto al artículo 32, que establecía la prohibición absoluta del anatocismo, obtuvo 75 votos a favor, 59 en contra y 12 abstenciones. El veto al artículo 39, sobre el derecho al olvido financiero, sumó 75 a favor, 58 en contra y 13 abstenciones. El veto al artículo 40, que prohibía pactos de pago superiores a 30 días, alcanzó 74 a favor, 50 en contra y 22 abstenciones. Las abstenciones correspondieron a la bancada del Partido de la Gente.

Según el registro oficial de la Cámara, las observaciones son de carácter supresivo y eliminan disposiciones incorporadas durante la tramitación parlamentaria. Tras el respaldo de la Cámara Baja, corresponde al Senado pronunciarse. El ministro de Hacienda, Jorge Quiroz, señaló que con este trámite “el cuerpo legal de la Ley de Reconstrucción queda perfeccionado y vamos hacia adelante con lo último que resta para tener esta ley ya definitivamente convertida en un cuerpo normativo que rija los destinos del país y que permita un rápido dinamismo y crecimiento económico”.

Cámara de Diputadas y Diputados La primera observación elimina el artículo 32 del proyecto, sobre la prohibición absoluta al anatocismo. La segunda elimina el artículo 39, sobre el derecho al olvido financiero. La tercera suprime el artículo 40, sobre la prohibición universal de pactos de pago superiores a 30 días.

El detalle completo de las votaciones y el contenido de cada artículo aparece en el sitio oficial de la corporación: Cámara aprueba vetos presidenciales a proyecto de Reconstrucción.

Qué eliminan exactamente los tres vetos

El anatocismo consiste en la capitalización de intereses: los intereses generados se suman al capital y producen nuevos intereses. La norma vetada reemplazaba el artículo 9 de la Ley 18.010 y establecía una prohibición absoluta de estipular pago de intereses sobre intereses o su capitalización en cada vencimiento o renovación. El Ejecutivo y organismos técnicos argumentaron que afectaría depósitos a plazo renovables, repactaciones, líneas de crédito, créditos con períodos de gracia y cuentas de ahorro.

Un dato primario que no figura en las coberturas inmediatas del 10 de agosto es la estimación, basada en informes de la Comisión para el Mercado Financiero y del Banco Central citados por el Gobierno, de que la prohibición perjudicaría a alrededor de 7 millones de ahorrantes en cuentas para la vivienda. Esos informes advierten que los prestamistas elevarían las tasas nominales para compensar, trasladando el costo a quienes pagan puntualmente, y que se restringiría el acceso al crédito formal para segmentos de mayor riesgo.

El derecho al olvido financiero obligaba a los responsables de tratamientos de datos a eliminar de registros internos y de comunicaciones a terceros las deudas impagas o extinguidas de personas naturales cuando hubieran transcurrido más de cinco años desde que se hicieron exigibles o se extinguieron. La Comisión para el Mercado Financiero señaló que el marco vigente ya limita la comunicación de antecedentes negativos antiguos y que la norma adicional podía debilitar la evaluación de riesgo crediticio y el Registro de Deuda Consolidada, operativo desde abril de 2026.

La tercera observación suprime la prohibición de pactar plazos excepcionales de pago superiores a 30 días en facturas y la reducción de plazos del Estado como comprador. Según datos del Registro de Acuerdos con Plazo de Pago Excepcional (RAPPE) referidos por el Ejecutivo, casi la mitad (49,1 %) de esos acuerdos corresponden a micro, pequeñas y medianas empresas que actúan como compradoras. Cuarenta y ocho gremios pyme respaldaron públicamente el veto a esta modificación.

Comparación de efectos y posición de organismos técnicos

La comparación temporal muestra un contraste claro. Las tres normas fueron incorporadas por la oposición durante la discusión en el Congreso, con apoyo de algunos votos descolgados del oficialismo. La Comisión de Hacienda de la Cámara las rechazó por 10 a 3. La Sala las eliminó con mayorías de alrededor de 74-75 votos. Los organismos autónomos —Banco Central y Comisión para el Mercado Financiero— emitieron opiniones técnicas previas que calificaron las medidas como nocivas para el funcionamiento del mercado financiero y la transmisión de la política monetaria.

La presidenta de la CMF, Catherine Tornel, había declarado en julio que la prohibición del anatocismo constituía “un atentado contra la base de las finanzas, el interés compuesto”. El contraste entre la intención legislativa de protección a deudores y pymes, por un lado, y los efectos proyectados sobre el costo y la disponibilidad de crédito, por otro, constituye el núcleo del debate técnico que no aparece de forma sistemática en las primeras notas sobre la votación del 10 de agosto.

Impacto medible en pymes y acceso al crédito

Las pymes representan más del 98 % de las empresas en Chile y generan cerca del 65 % del empleo formal. Un análisis de la fintech Xepelin correspondiente al período enero-mayo de 2026 indica que alrededor del 50 % de las facturas emitidas por pymes y efectivamente pagadas registran plazos superiores a 30 días, con un promedio general cercano a 37 días. En agricultura y comercio los promedios superan los 40 días.

Mantener la posibilidad de pactos excepcionales de pago evita que esas empresas, cuando actúan como compradoras, deban recurrir de inmediato a crédito bancario para financiar operaciones. La eliminación de la prohibición absoluta de anatocismo y del olvido financiero interno reduce el riesgo de que las instituciones financieras endurezcan condiciones de otorgamiento, lo que, según los informes técnicos citados, podría excluir a solicitantes de menor historial o de mayores ingresos variables.

Para el sector, el “por qué importa” se mide en liquidez y empleo. Con más de 759.000 pymes activas según cifras del Banco Central a 2025, cualquier alza en el costo del crédito o restricción de plazos de pago se traduce en menor capacidad de inversión, retrasos en pagos a trabajadores y presión adicional sobre la morosidad empresarial, que ya alcanza a 248.000 negocios según datos de Equifax a marzo de 2026. El texto oficial de los vetos y los fundamentos técnicos se encuentran disponibles en el sitio de la Cámara y en las declaraciones del Ministerio de Hacienda.

El Senado debe pronunciarse ahora. Si respalda las observaciones, el proyecto podrá avanzar hacia la promulgación. Si las rechaza, el Congreso necesitaría dos tercios en ambas cámaras para insistir en el texto original. La tramitación mantiene abierta la discusión sobre cómo equilibrar protección a deudores y pymes con la estabilidad del sistema de crédito que sostiene el empleo formal en América Latina.

Los gremios que respaldaron el veto al artículo sobre plazos de pago y los números de ahorrantes y de acuerdos excepcionales aportan una capa de evidencia que permite evaluar el alcance concreto de las decisiones más allá del resultado de la votación en la Cámara. El enlace a la información oficial de la corporación y a los antecedentes de la Comisión para el Mercado Financiero permite verificar los fundamentos utilizados por el Ejecutivo: sitio de la Comisión para el Mercado Financiero.

En el ámbito de la economía chile y de las pymes latinoamerica, el episodio deja un registro verificable de cómo se ponderan normas de protección financiera frente a advertencias de organismos técnicos autónomos.

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