Corrupción e impunidad son las claves para obtener ventajas en los negocios. Por Patricio Herman

El sistema de libre mercado requiere que todos los actores privados que se desenvuelven en los distintos sectores de la economía siempre respeten las leyes y los marcos regulatorios, entre otros motivos, para evitar la competencia desleal que genera enriquecimientos mayores a quienes se consideran más vivarachos.
Opinión23 de junio de 2026Patricio HermanPatricio Herman
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Corrupción e impunidad son las claves para obtener ventajas en los negocios
Corrupción e impunidad son las claves para obtener ventajas en los negocios

Para que funcione correctamente el sistema, las instituciones públicas deben conocer sus roles, lo que lamentablemente no acontece en nuestro país. Gracias a las nuevas herramientas tecnológicas, desde hace algunos años, se están conociendo infinidad de prácticas comerciales deshonestas y en esta ocasión sucintamente nos referiremos a ciertas diabluras cometidas por algunos conocidos abogados y las trampas ejercidas por las autoridades "competentes" de la ciudad de Iquique para facilitar un millonario negocio inmobiliario de un inversionista extranjero.

Zaliasnik, Hermosilla y Ward son juristas y hombres de negocios

Gracias al indispensable trabajo de investigación periodística del medio Reportea.cl se supo que hace 2 años la Fiscalía está investigando al influyente abogado, Gabriel Zaliasnik, uno de los más reputados miembros del Colegio de Abogados, porque con su colega, Luis Hermosilla, ejercían presiones indebidas para que en los tribunales de Justicia se nombraran como jueves a personas leales a sus propios intereses, lo que fue objetado por un funcionario del actual gobierno, ex panelista del ruidoso programa Sin Filtro, quien adujo que Reportea.cl estaba conformado por activistas de extrema izquierda y que, por lo tanto, tal noticia no tenía credibilidad alguna.

Llama la atención que la Fiscalía, a pesar del prolongado tiempo transcurrido, no haya incautado el celular de Zaliasnik, distinguido embajador en Israel, quien desde hace algunas semanas ya está residiendo en Tel Aviv, suponiéndose que en estos días será recibido por el presidente Isaac Herzog y que, en paralelo, tendrá una grata conversación con el primer ministro, Benjamín Netanyahu. La prensa ha informado que la Fiscalía ahora ha tomado el toro por las astas como consecuencia de denuncias penales de un par de parlamentarios de oposición y más encima por la propuesta del abogado Luis Mariano Rendón para que esa orden profesional lo expulse.

Recientemente se supo que el empresario Alvaro Jalaff, con el propósito de que el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) destrabara "a la chilena" el proyecto inmobiliario Parque Capital, previsto en la comuna de Lampa, tuvo que pagarle $ 400 millones sin respaldo documental a Luis Hermosilla, en atención a que éste era funcionario de gobierno y por lo tanto, podía ejercer presiones en ese ministerio para que se eliminara la incómoda permisología que tenía detenida esa importante inversión para el país. Como Hermosilla es un hombre de acción y no le gusta perder el tiempo, se vio en la necesidad de contactar por teléfono al ministro Felipe Ward, requiriéndole que asistiera a su oficina, en conjunto con el Seremi del Minvu, Manuel José Errázurir, para que éste procediera a aprobar los actos administrativos que tenía pendiente en su escritorio.

Ward y Errázuriz obedecieron sin chistar la instrucción de Hermosilla porque quien estaba interesado en solucionar el impasse era el poderoso ex ministro Andrés Chadwick, recordando el caso del vergonzoso episodio del Parque Nacional Patagonia, donde Ward reconoció haber transgredido la ley al posibilitar un negocio de extracción de oro, por parte de una minera australiana, en esa área protegida, hecho ilícito denunciado en todas las instancias posibles por el sociólogo y empresario Andrés Gillmore. Hasta ahora ninguna institución del Estado ha sancionado al díscolo Ward.

La institucionalidad de Iquique vulneró la legislación para beneficiar a un inversionista

Existen 3 canchas de tenis en un predio localizado en calle Bulnes 140, Iquique, donde funcionó desde 1929 el Club de Tenis Tarapacá, predio comprado al club por sus socios-directores en la ínfima suma de $ 500 millones, pagadero en cómodas cuotas anuales y posteriormente vendido por ellos a un empresario inmobiliario libanés en el elevado monto de $ 3.116 millones, quien a través de su empresa Inversiones Marshall, deseaba levantar ahí una torre habitacional y de equipamientos de 32 pisos. Recordemos que la Justicia ya sancionó a dichos ex tenistas transformados en hábiles especuladores.

La institucionalidad chilena establece que los terrenos de los estadios y clubes deportivos están exentos del pago de contribuciones de bienes raíces, en los cuales no están admitidas los negocios inmobiliarios, lo que se debe reflejar en los Planes Reguladores Comunales (PRC) y en los Planes Reguladores Intercomunales (PRI), dejándose en claro que no todas las comunas y las regiones, respectivamente, disponen de esos vitales instrumentos normativos.

Los PRI establecen para los casos de estadios y clubes deportivos que se trata de Equipamientos Recreacionales Deportivos, definiéndoles como "áreas existentes o proyectadas de propiedad fiscal, municipal o privada de uso controlado o restringido, destinadas a acoger actividades deportivas y/o espectáculos de concurrencia masiva de público". Los PRC, conforme el articulo 38° de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC), respetan esa disposición y como ejemplo en el PRC de Las Condes dichos estadios y clubes deportivos existentes, para efectos de uso de suelo y edificación, están clasificados como UEe2 y Ee2, Equipamiento Recreacional Deportivo.

El terreno del Club de Tenis Tarapacá no estuvo graficado como equipamiento deportivo en el PRC de Iquique de 1981 y sospechosamente tampoco en el actual de 2025. En el instrumento de 1981 su suelo fue considerado como "edificable" con innumerables facilidades para construir torres de todo tipo y en el vigente PRC de 2025 se le considera como zona BM-1, con altura de 14 metros y con incentivos llega a 21 metros , a pesar de que, tiempo atrás, Avaluaciones del Servicio de Impuestos Internos (SII), conforme al artículo 73 de la Ley N° 19.712, le solicitó documentación al directorio del Club para fijar la exención de las contribuciones de bienes raíces, lo que no fue aceptado por dicho directorio, ello pues ya se sabía que se iba a vender el terreno para propósitos inmobiliarios. .

En abril de 2026, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique, acogió la demanda interpuesta por el abogado Enzo Morales, por cuenta del tenista Manuel Palacios y condenó a 6 integrantes del directorio del club a 4 años de presidio, con libertad vigilada intensiva por igual lapso y multa por administración desleal. Uno de los sancionados había ejercido como abogado integrante de la Corte de Apelaciones de Iquique (sic). Sobre este terreno pesa, además, una medida cautelar real de prohibición de celebrar actos y contratos.

Existe desde el año 2022 el Plan Regulador Intercomunal Costero Tarapacá (PRICT) el que, por presiones de una entonces senadora, actualmente embajadora en Uruguay, y de un exintendente, quienes actuaban por cuenta de distintos inversionistas de la construcción, la Contraloría Regional de Tarapacá se vio impedida de tomar razón de ese instrumento en el año 2020, con lo cual se aprobaron en Iquique diversos permisos de edificación en zonas inundables. Se debe saber que el PRC de Iquique de 2025 tiene que ajustarse al PRICT, vigente desde el 05.07.2022 el que fija para este sector una densidad máxima de 800 hab/ha, llamándonos la atención que la Tesorería General de la República (TGR) rotula a este terreno del Club como "Deporte y Recreación".

Recientemente desde Iquique nos han informado que la Dirección de Obras Municipales (DOM) habría cursado un permiso de edificación de 32 pisos a Inversiones Marshall, con las libertinas normas del PRC de 1981 y no con las más razonables del año 2025, luego el alcalde, Mauricio Soria, por un lado fue un cómplice activo en la omisión de que el terreno del club es Equipamiento Recreacional Deportivo y admitiendo que el funcionario que ejerce el cargo de DOM, favoreciera al inversionista, aplicándose a ese permiso trucho el desactualizado PRC de 1981, es decir, de hace largos 45 años. En relación a este arbitrario permiso, hemos constatado que es secreto, pues no se publica en la página web respectiva a pesar de que debió ser informado al Concejo Municipal y a las Juntas de Vecinos del sector, conforme lo exige la ley respectiva.

Como hemos demostrado en los casos de los abogados y de lo que sucede en Iquique, en Chile para ser rico hay que actuar desaprensivamente.

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