El Departamento de Estado de Estados Unidos convierte en permanente desde el 3 de agosto de 2026 el programa de fianzas para solicitantes de visas B1 y B2 de 50 países. Los montos van de 10.000 a 20.000 dólares, fijados por oficiales consulares. La norma busca reducir sobreestadías y se aplica a nacionales de África y de América Latina como Cuba, Venezuela y Nicaragua.
De piloto a norma definitiva en el Federal Register
La regla final entró en vigor el 3 de agosto de 2026 tras su publicación en el Federal Register. El programa comenzó el 20 de agosto de 2025 como prueba de 12 meses bajo la Orden Ejecutiva 14159. Ahora elimina el piso de 5.000 dólares que existía en la fase experimental y fija tres tramos exclusivos.
Los oficiales consulares eligen entre 10.000 dólares, 15.000 dólares o 20.000 dólares según las circunstancias del solicitante. El monto de referencia es 15.000 dólares. Factores evaluados incluyen motivo del viaje, ingresos, empleo, educación y vínculos con Estados Unidos.
El pago se realiza solo a través de Pay.gov, plataforma del Departamento del Tesoro. Queda prohibido cualquier intermediario. El nombre del pagador, sea el propio solicitante o un tercero, debe coincidir de forma exacta con el formulario I-352 del Departamento de Seguridad Nacional.
Países incluidos y foco en América Latina
La lista abarca 50 nacionalidades. Treinta pertenecen a África. En América Latina y el Caribe figuran Cuba, Venezuela, Nicaragua, Antigua y Barbuda, Dominica y Granada. La designación se basa en tasas de sobreestadía, intercambio de información, verificación de identidad y controles de documentos.
Colombia, México, Brasil y el resto de naciones latinoamericanas fuera de ese grupo no están sujetos al requisito. El Departamento de Estado puede modificar la lista de forma continua. Las inclusiones nuevas requieren al menos 15 días de aviso; las exclusiones pueden ser inmediatas.
Durante el piloto, las sobreestadías de los 50 países cayeron de 45.488 en el año fiscal 2024 a menos de 50 en los primeros diez meses de aplicación. Las emisiones de visas B1 y B2 a esos nacionales bajaron 83 por ciento. De cerca de 20.000 solicitudes que exigían depósito, casi la mitad no completó el pago. Los depósitos acumulados alcanzaron 115 millones de dólares.
Condiciones de devolución y pérdida del monto
La fianza se reembolsa de manera automática si el titular sale antes del vencimiento de la estadía, si no viaja antes de que expire la visa o si la entrada es denegada en el puerto. El registro de salida lo lleva el Departamento de Seguridad Nacional.
La pérdida ocurre si se viola el estatus no inmigrante, se sobrepasa el plazo autorizado o se solicita asilo u otra protección humanitaria dentro del territorio. El caso pasa entonces a USCIS para determinar el incumplimiento. El depósito no garantiza la emisión de la visa.
Restricciones de entrada y salida
Los titulares de visas sujetas a fianza solo pueden ingresar y salir por aeropuertos comerciales o instalaciones de preinspección de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza. Quedan vedados los puertos terrestres, marítimos y la aviación general.
La visa otorgada puede ser de una o múltiples entradas, con validez de tres a doce meses según reciprocidad. El oficial consular decide tras verificar que el solicitante reúne el resto de requisitos de elegibilidad.
Excepción temporal para la Copa Mundial 2026
Existe una salvedad limitada para la Copa Mundial de la FIFA 2026. Quedan exentos de la fianza atletas, personal técnico, apoyo esencial y familiares directos de las selecciones participantes, así como aficionados que compraron boletos antes del 15 de abril de 2026 y se registraron en el sistema FIFA PASS. Aun así, la evaluación consular ordinaria se mantiene.
Efectos en el flujo de viajes y el mercado turístico
La norma eleva de forma directa el costo de oportunidad para viajeros de los países listados. Un depósito de hasta 20.000 dólares supera con frecuencia el presupuesto total de un viaje de turismo o negocios de corta duración. Familias o empresas deben inmovilizar capital que solo se recupera tras el cumplimiento estricto de los plazos.
En el piloto, la caída de 83 por ciento en emisiones de visas B1 y B2 ya mostró una contracción del flujo. Operadores turísticos y líneas aéreas que conectan esos orígenes con destinos estadounidenses enfrentan menor demanda. El mismo patrón puede consolidarse ahora que el esquema es permanente.
El Departamento de Estado sostiene que el mecanismo reduce sobreestadías y refuerza el control de estatus no inmigrante. Datos del piloto respaldan esa afirmación numérica. Al mismo tiempo, la barrera financiera actúa como filtro previo: quienes no disponen del monto simplemente no completan el trámite.
Mecanismo de ajuste futuro
A partir del 1 de octubre de 2027 el techo de 20.000 dólares quedará sujeto a ajustes periódicos por inflación. La regla no se aplica a visas de estudiante ni a otras categorías distintas de B1 y B2. Los países del Programa de Exención de Visa quedan fuera por definición.
La lista actual incluye Argelia, Angola, Bangladesh, Benín, Bután, Botsuana, Burundi, Cabo Verde, Camboya, República Centroafricana, Costa de Marfil, Yibuti, Etiopía, Fiyi, Gabón, Gambia, Georgia, Guinea, Guinea-Bisáu, Kirguistán, Lesoto, Malaui, Mauritania, Mauricio, Mongolia, Mozambique, Namibia, Nepal, Nigeria, Papúa Nueva Guinea, Santo Tomé y Príncipe, Senegal, Seychelles, Tayikistán, Tanzania, Togo, Tonga, Túnez, Turkmenistán, Tuvalu, Uganda, Vanuatu, Zambia y Zimbabue, además de los seis de América Latina y el Caribe ya mencionados.
Proceso práctico para el solicitante
El oficial consular comunica el monto durante la entrevista. Solo entonces se genera el enlace de pago en Pay.gov. El depósito debe completarse antes de que se emita la visa. Cualquier discrepancia en el nombre del pagador anula el trámite.
Si el viajero cumple todas las condiciones, el reembolso se procesa de forma automática una vez registrada la salida. No se requiere solicitud adicional. El sistema registra el cumplimiento o la infracción a través de los datos de entrada y salida controlados por las autoridades migratorias.
La norma se aplica con independencia del lugar donde se presente la solicitud. Un nacional de uno de los 50 países que tramite la visa en un consulado de un tercer país sigue sujeto al mismo requisito de fianza.

























